La Biblioteca Interactiva Pedro Arrupe, S.J. Centro de Recursos para el Aprendizaje y la Investigación es la instancia que provee a la comunidad universitaria de recursos documentales y servicios de información que permiten apoyar la docencia, la investigación y la difusión de la cultura, y los hace extensivos a la sociedad. Para ello:
- Facilita el acceso a la información en todos los formatos a través del uso de sus colecciones del acervo y recursos tecnológicos.
- Acompaña a los usuarios en el desarrollo de sus habilidades, conocimientos y destrezas para el mejor uso de la información.
- Ofrece espacios adecuados para realizar actividades académicas, culturales y de investigación.
Para efectos del presente Reglamento, se entenderá por:
Biblioteca.
La Biblioteca Interactiva Pedro Arrupe, S. J. Centro de Recursos para el Aprendizaje y la Investigación (BIPA CRAI).
Enlace académico.
Es el Personal de Biblioteca que tiene como funciones acompañar a los usuarios en el desarrollo de sus habilidades, conocimientos y destrezas para la mejor utilización de la información y la vinculación con las áreas académicas para promover el uso de los recursos, instalaciones y servicios.
IntraUIA.
Portal WEB de la Universidad Iberoamericana Puebla, de acceso restringido, que provee de servicios académicos y administrativos a los miembros de la comunidad universitaria.
Material Documental.
Libros, revistas, DVD, CD, mapas, tesis, textilteca, diapositivas, recursos digitales y los que se incorporen a futuro.
Personal de Biblioteca.-Son las personas adscritas a la Biblioteca.
Servicios Bibliotecarios.
Son las actividades académicas, técnicas y administrativas encaminadas a satisfacer ne¬cesidades de información de los usuarios.
Universidad.
La Universidad Iberoamericana Puebla.
Usuarios.
Son las personas que interactúan con los recursos y servicios de la Biblioteca.
Usuarios Externos.
Son las personas que no pertenecen a la Comunidad Universitaria y que interactúan con los recursos y servicios de la Biblioteca.
Usuarios Internos.
Son los miembros de la Comunidad Universitaria que se acreditan como tales mediante una credencial vigente expedida por la Universidad y que interactúan con los recursos y servicios de la Biblioteca.
De los Usuarios
Artículo 1
Los Usuarios tendrán acceso a la estantería abierta, a las salas de usos múltiples, los cubículos de estudio y a las zonas de atención al público.
a) El Usuario Interno deberá actualizar su registro cada semestre presentando la credencial vigente de la Universidad.
b) Los Usuarios Externos deberán portar el gafete de visitante recibido a la entrada del campus universitario y registrarse al ingresar a la Biblioteca.
Derechos de los Usuarios
Artículo 2
Son derechos de los Usuarios:
a) Ser atendidos por el Personal de Biblioteca con amabilidad y respeto.
b) Recibir información, orientación y ayuda respecto a búsquedas especializadas por parte del Personal de Biblioteca.
c) Solicitar Material Documental de uso restringido para consulta en sala de las siguientes colecciones: Acervo Histórico, Archivo Universitario, Mapoteca, Obras de Consulta, Publicaciones Periódicas recientes y publicaciones del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).
d) Los Usuarios podrán presentar por escrito, sus opiniones, sugerencias y quejas sobre el funcionamiento y los servicios de la Biblioteca. Éstas deberán dirigirse a la Dirección de la misma.
e) Solicitar los servicios que se indican en el presente reglamento.
Artículo 3
Son derechos de los Usuarios Internos:
f) Solicitar el préstamo a domicilio de las colecciones: Acervo General, Hemeroteca, Tesis, Colecciones especiales, DVD y CD musicales.
g) Solicitar el préstamo de Materiales Documentales de otras instituciones con las que se tengan convenios de Préstamo Interbibliotecario.
h) Hacer uso de las bases de datos y otros recursos en línea tanto en las instalaciones de la Biblioteca como fuera de ella mediante el acceso a IntraUIA.
Obligaciones de los Usuarios
Artículo 4
Son obligaciones de los Usuarios:
a) Conocer y cumplir las disposiciones del presente reglamento.
b) Hacer uso adecuado y responsable del Material Documental que se consulte. En caso de préstamo, respetar las fechas de devolución.
c) Cuidar el inmueble, mobiliario, equipo y acervos.
d) Respetar a los demás usuarios y al Personal de Biblioteca.
Artículo 5
Es responsabilidad del usuario cuidar sus pertenencias durante su estancia en las instalaciones. La Biblioteca no se hace responsable de la pérdida de pertenencias de los Usuarios. Los objetos olvidados serán entregados al área de vigilancia.
Artículo 6
Está prohibido:
a) Introducir alimentos y bebidas a excepción de los brindis organizados en la Biblioteca.
b) Ingresar bajo los efectos del alcohol o sustancias ilícitas.
Artículo 7
El Personal de Biblioteca podrá solicitar a los Usuarios se evite cualquier actividad que perturbe a los Usuarios, ponga en peligro los acervos, el mobiliario o el edificio, o que vaya en contra de la normatividad institucional.
Artículo 8
Con el fin de proteger el acervo, el Personal de Biblioteca se reserva el derecho de revisar las pertenencias del Usuario en caso de considerarlo necesario. La revisión será realizada por los siguientes motivos:
• Si el sistema de alarma contra robos se activa.
• Si el personal de vigilancia o el Personal de Biblioteca sorprende a un Usuario mutilando libros, maltratando o sustrayendo materiales.
De los servicios de la Biblioteca
Artículo 9
La Biblioteca pondrá a disposición de los Usuarios:
a) Cubículos de estudio en el área de acervo general y de lectura.
b) Computadoras en el área de lectura.
a) Conectividad a los servicios de Internet.
Artículo 10
La Biblioteca pone a disposición de los Usuarios Internos sus salas de usos múltiples y lobby previa solicitud.
Artículo 11
La Biblioteca ofrece los servicios de visita guiada, talleres o cursos para el manejo de recursos de información, previa solicitud.
Del préstamo, devolución, apartado y reserva
Artículo 12
El servicio de préstamo a domicilio únicamente se proporcionará al Usuario Interno y a instituciones con las que se haya establecido el convenio de Préstamo Interbibliotecario. Para tener acceso a este servicio, los Usuarios Internos deberán estar registrados en la base de datos de la Biblioteca y presentar su credencial vigente de la Universidad. Aquellos Usuarios con convenio deberán presentar la solicitud de Préstamo Interbibliotecario.
El número de Materiales Documentales que pueden solicitar en préstamos los Usuarios se describen a continuación.
El número de materiales documentales por préstamo Interbibliotecario estará sujeto al convenio correspondiente.
De la renovación
Artículo 14
El préstamo de Materiales Documentales podrá renovarse hasta por dos periodos iguales, ya sea presencialmente, por teléfono o a través del catálogo en línea de la Biblioteca, siempre y cuando el préstamo no esté vencido, no se tenga adeudo o el material no esté apartado por otro Usuario.
En caso de que el usuario no pueda renovar el préstamo a través del catálogo en línea por fallas en el sistema, deberá acudir personalmente a la Biblioteca. Los adeudos derivados de fallas en el sistema serán atendidos por la coordinación de la Biblioteca.
De la devolución
Artículo 15
El usuario debe devolver los materiales en la fecha establecida o antes.
Artículo 16
Cuando el Material Documental en calidad de préstamo sea devuelto después de la hora o fecha establecida, el Usuario recibirá una sanción conforme al presente reglamento.
Artículo 17
En caso de pérdida o maltrato del material, el Usuario deberá reportarlo inmediatamente en el mostrador de la Biblioteca y reponerlo en el término de quince días naturales, con las siguientes alternativas:
a) Entregar un ejemplar original del mismo título y autor, y pagar en la Caja de la Universidad, el importe vigente de la encuadernación y proceso técnico según aplique.
b) Si el material es insustituible, el Director de la Biblioteca decidirá el monto a pagar o determinará qué tipo de Material Documental podría sustituir al extraviado.
c) El área de adquisiciones de la Biblioteca puede apoyar al Usuario en las gestiones de reposición del material extraviado.
Del apartado
Artículo 18
Los Usuarios Internos podrán apartar algún material que se encuentre en préstamo a través del catálogo en línea o directamente en el mostrador de la Biblioteca. Después de haber sido devuelto el material, el Usuario dispondrá de 24 horas para solicitar en préstamo el material apartado.
De la reserva
Artículo 19
Cada profesor podrá solicitar que se coloque en el área de reserva un máximo de cinco libros por periodo académico. Estos materiales se prestarán por un intervalo de dos horas. La reserva tendrá una vigencia semestral.
De las sanciones
Artículo 20
El incumplimiento de las obligaciones señaladas en el presente reglamento podrá ser motivo de suspensión temporal o definitiva de los Servicios Bibliotecarios.
Artículo 21
Se suspenderá el servicio de préstamo a domicilio al Usuario que adeude material o el pago de multa hasta que resuelva su situación.
Artículo 22
El maltrato, mutilación, destrucción o sustracción ilícita del Material Documental o mal uso de los recursos electrónicos de información será considerado como falta grave de responsabilidad aplicable a todos los Usuarios.
El infractor será objeto de las siguientes sanciones:
a) Si la falta es cometida por un Usuario Interno se aplicará lo establecido en el reglamento en materia disciplinaria vigente de la Universidad. La Biblioteca podrá sancionar de forma complementaria al alumno de conformidad con el presente Reglamento.
b) Si es una falta cometida por un Usuario Externo:
i. Se dará aviso al personal de vigilancia para que garantice la reparación del daño.
ii. De una institución con la que la Biblioteca tenga un convenio de Préstamo Interbibliotecario, se informará a dicha institución para que sancione al alumno, sin limitar las sanciones que la Biblioteca aplique de conformidad con el presente reglamento.
Artículo 23
Cuando el Material Documental sea devuelto después de la fecha establecida, el usuario se hará acreedor a una sanción económica por cada día hábil de atraso, por cada libro o por cada hora si es un libro de reserva, de acuerdo a la multa vigente.
Artículo 24
La Dirección de la Biblioteca, en apego a la normatividad vigente, canalizará a la instancia correspondiente al Usuario que agreda, maltrate o falte al respeto al Personal de Biblioteca, o cometa cualquier falta disciplinaria.
Artículo 25
Se suspenderán los servicios de la Biblioteca por un periodo académico al Usuario que haga uso indebido de la credencial, en los siguientes casos:
a) Proporcione datos falsos.
b) Preste la credencial a otra persona.
Transitorios
Transitorio I
El presente documento entrará en vigor a partir de su publicación en el sitio web de la Normatividad Institucional.
Transitorio II
El presente deroga al reglamento de la Biblioteca P. Pedro Arrupe, S.J. publicado en la Comunicación Oficial 29.
Transitorio III
Este documento será susceptible de revisión y, en su caso, modificación, a cuatro años de su publicación.
Transitorio IV
Cualquier asunto no previsto en este documento será resuelto por el Comité Académico.